CAPÍTULO 29
Del bautismo

1. El bautismo es una ordenanza del Nuevo Testamento, ordenado por Jesucristo, que constituye para la persona bautizada una señal de su comunión con Él, en Su muerte y resurrección; de haber sido injertado en Él; del perdón de pecados; y de su entrega a Dios, por medio de Jesucristo, para vivir en novedad de vida.

2. Aquellos que ciertamente profesan arrepentimiento para con Dios, fe en nuestro Señor Jesucristo y obediencia a Él, son los únicos sujetos apropiados de esta ordenanza.

3. El elemento externo a ser usado en esta ordenanza es el agua, en la cual el individuo debe ser bautizado en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo.

4. La inmersión o sumersión de la persona en el agua es necesaria para la administración apropiada de esta ordenanza.